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La excomunión de Lutero

César Vidal Manzanares

La Reforma indispensable (34)

La excomunión de Lutero

La bula papal de excomunión Exsurge Domine.

 

Durante 1519, Miltitz siguió intentando volver al punto de inicio anterior a la disputa de Leipzig, pero sus esfuerzos resultaron infructuosos. Para remate, Eck –que había sido extraordinariamente vapuleado por los humanistas- seguía empeñado en labrarse una carrera utilizando como peldaño la condena de Lutero. A finales de 1519, presentó un escrito en Roma con la finalidad de provocarla. Luego, a inicios de 1520, y ante la abstención de las universidades de París y Erfurt a la hora de señalar al vencedor en la disputa de Leipzig, las universidades de Lovaina y Colonia prepararon un texto – en el que nadie había pensado inicialmente – relacionado con las opiniones de Lutero. Tanto Lovaina como Colonia señalaron que Lutero había incurrido en herejía y enviaron su informe a la Curia. De manera comprensible, el papa nombró una comisión formal para abordar el asunto.
El 1 de febrero, la comisión se hallaba entregada al trabajo de recoger pruebas sobre las herejías de Lutero, pero no tardó en disolverse . De manera bien reveladora, tanto el cardenal Cayetano, cuya especialidad era la teología, como el cardenal Acolti, que era un experto en derecho canónico, llegaron a la conclusión de que no resultaba especialmente fácil redactar un informe sensato al respecto.
El 11 de febrero, una segunda comisión  se ocupaba de analizar los escritos de Lutero y, con bastante buen criterio, decidió discriminar entre aquellas expresiones que podían ser tachadas de herejía y aquellas otras que únicamente eran “escandalosas y ofensivas para los oídos piadosos”. Pero entonces llegó Eck y el resultado fue la formación de una tercera comisión. De ésta acabaría finalmente surgiendo la Bula papal Exsurge Domine  firmada por el papa León X en el curso de una cacería el 15 de junio.
El texto de la bula comenzaba comparando a Lutero –sin mencionarlo expresamente– con un jabalí para luego acusarlo de aceptar por buenos los rumores que circulaban sobre los abusos de la curia y terminar por defender que los papas nunca se habían equivocado:
“¡Despierta, Señor! Haz triunfar tu causa contra las bestias feroces que tratan de destruir tu viña, contra el jabalí que la arrasa… ¡Alerta Pedro, Pablo, todos los santos, la Iglesia Universal!… En esta Curia Romana que tanto ha desacreditado, dando fe a los rumores esparcidos por la ignorancia y la maldad, no hubiera encontrado nada que censurar. Le hubiéramos demostrado que nuestros predecesores, de quienes ataca con tan singular violencia los cánones y las constituciones, no se han equivocado jamás”.
La verdad era que, por desgracia, mucho de lo que se contaba sobre los abusos y los excesos de la curia era cierto y que desde hacía décadas, también lamentablemente, sí que había mucho que censurar. No era menos cierto que los antecesores de León X se habían enfrentado entre si en episodios como el Cisma de Occidente y que también habían incurrido en equivocaciones. De hecho, el dogma de la infalibilidad papal que no sería definido hasta 1871 sería mucho más prudente a la hora de señalar la inerrancia de los pontífices.
La bula indicaba a continuación que no era lícito apelar al concilio –una solución que había permitido, por ejemplo, acabar con el cisma de Occidente– y conjuraba tanto a Lutero como a sus partidarios a “no perturbar la paz de la Iglesia, la unidad y la verdad de la fe, y a renunciar al error”.
La bula condenaba cuarenta y un artículos atribuidos a Lutero. Comprensible en su época, difícilmente, puede negarse que su lectura causa al lector moderno un cierto estupor. Así, aparecen afirmaciones que, hoy en día, serían contempladas de manera diferente. Por ejemplo, la expresión de Lutero “Quemar a los herejes es contrario a la voluntad del Espíritu” es condenada como herética, pero es más que dudoso que hoy se pudiera encontrar a algún católico que pudiera considerar que la voluntad del Espíritu puede ser quemar a los herejes. Igualmente, el texto declaraba herética la afirmación de que “No se puede probar la existencia del purgatorio por los libros auténticos de las Escrituras”. Sin embargo, ningún exegeta de talla afirmaría hoy que la doctrina del purgatorio se encuentra en la Biblia sino que más bien remitiría a una tradición relativamente tardía, que no ha sido igual en Oriente y en Occidente, y cuyo desarrollo no sólo teológico sino jurídico ha resultado desigual. Semejante circunstancia tiene una enorme lógica en la medida en que la creencia en el Purgatorio se desarrolló con más claridad en Occidente y tuvo un desarrollo especialmente extraordinario a partir del s. XII cuando el cisma se había consumado.
Algo similar sucede con la afirmación de que “La doctrina que señala que la penitencia comprende tres partes, contrición, confesión y satisfacción, no se funda ni en las Escrituras ni en los santos doctores de la antigüedad cristiana”. A día de hoy, sería también muy difícil que un historiador eclesiástico negara la veracidad de ese aserto del agustino. Y lo mismo sucede con otras tesis. Por ejemplo, la que afirma que “Bueno sería que la Iglesia determinara en un concilio que los laicos comulguen bajo las dos especies; los cristianos de Bohemia que así lo hacen no son por ello herejes sino cismáticos”. Se puede estar o no de acuerdo con la conveniencia de que los laicos, tal y como se describe en el Nuevo Testamento, participen del pan y del vino en la Eucaristía, pero parece un tanto excesivo considerar que plantear la cuestión sea herético. Algo semejante sucede con la que afirma que “La mejor definición de la contrición es la máxima: La mejor penitencia es no reincidir, pero lo indispensable es cambiar de vida”. Una vez más, se puede coincidir o no con la afirmación, pero, de nuevo, parece un tanto excesivo condenar como herejía la afirmación de que la mejor penitencia sería no reincidir en el pecado.
De manera bien significativa, según el dominico D. Olivier, “la parte más lograda de la Bula fue la relativa a las condenas”. Los canonistas hicieron un acopio exhaustivo de todas las penas canónicas desde la excomunión para los que aceptaran las ideas de Lutero a la destrucción de los libros que las contenían pasando por la prohibición de imprimirlos, conservarlos o comerciarlos. Lutero y sus seguidores tenían sesenta días para retractarse bajo pena de ser declarados herejes notorios y reincidentes. Por lo que se refería a los católicos, era obligación suya denunciarlos y perseguirlos, quedando entredicho cualquier lugar en el que pudieran residir. La bula debía ser publicada y puesta en ejecución sin distinción de lugar quedando sujeto a excomunión cualquiera que contraviniera su contenido.
Al fin y a la postre, en el texto de la bula se deja traslucir no tanto un análisis sólido del caso desde una perspectiva bíblica, histórica y pastoral como el deseo de sofocar, finalmente, una contestación que se había tolerado durante meses no por paciencia sino meramente por razones políticas y, más concretamente, por el deseo del pontífice de conseguir el apoyo del Elector Federico para impedir que Carlos I de España fuera elegido emperador de Alemania.
Por añadidura, como ha señalado el dominico D. Olivier, “La falla residía en que se excluía por principio toda discusión de la doctrina que se condenaba. Las frases de Lutero procedían de un contexto que había sido ignorado y que constituía el nudo del problema, el único que merecía ser tratado. Los ejecutores de la condena parecen no haberlo desconocido, pero les faltó la fuerza de concertar el diálogo que hubiera podido transformar el enfrentamiento estéril de convicciones irreductibles en el intercambio útil de los dos frentes… Una vez más se esquivó la reivindicación que Lutero pedía para que se pronunciaran sobre el Evangelio y no sobre expresiones recogidas al azar”.
Cuando se tienen en cuenta esos aspectos no sorprende que la bula no lograra poner fin al Caso Lutero.
CONTINUARÁ: El reformador rechaza la excomunión

Autores: César Vidal Manzanares

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El Vaticano expondrá la bula que dividió América y el documento de excomunión de Lutero

100 documentos secretos

 

El Vaticano expondrá la bula que dividió América y el documento de excomunión de Lutero

Los 85 kilómetros de anaqueles del Archivo Secreto Vaticano contienen información impagable sobre la historia de la humanidad.

17 DE OCTUBRE DE 2011, CIUDAD DEL VATICANO

El papa Benedicto XVI ha dado el visto bueno para que, por primera vez, cien importantes documentos de sus archivos secretos sean mostrados al público en versión original, fuera de los muros vaticanos.
A partir del próximo febrero, durante siete meses, los Museos Capitolinos de Roma albergarán un tesoro que incluirá, por ejemplo, la carta de León X a Lutero para anunciarle que sería excomulgado , las actas del proceso a Galileo Galilei o las misivas de parlamentarios ingleses a Clemente VII sobre la causa matrimonial de Enrique VIII. También podrá verse la bula de Alejandro VI, de mayo de 1493, dirigida a los Reyes Católicos, en la que repartió entre España y Portugal las nuevas tierras conquistadas en América.
El papado es la única institución que ha mantenido, con carácter ininterrumpido y durante tanto tiempo, un protagonismo de esa relevancia en la escena internacional. Los 85 kilómetros de anaqueles del Archivo Secreto Vaticano contienen información impagable sobre la historia de la humanidad. Allí está registrada la acción de la Iglesia y los numerosos entresijos diplomáticos entre los países.
LUZ EN LOS ENIGMAS
Los organizadores de la exposición, bajo el título de ‘Lux in arcana, L’Archivio Segreto Vaticano si rivela’ (Luz en los enigmas, el Archivo Secreto Vaticano se revela), quieren que la muestra tenga un impacto global, que sea visita obligada para los historiadores y genere curiosidad entre el público en general.
Como estrategia para llamar la atención, están dosificando la información dada a conocer a la prensa en cuanto a la identidad de los documentos que serán expuestos. Hay mucha expectación por saber qué documentos serán exhibidos sobre el llamado "periodo cerrado" de la Segunda Guerra Mundial. Se trata de material del pontificado de Pío XII –polémico candidato a la beatificación–, un periodo que aún está vetado a la consulta pero en el que se harán algunas excepciones, con permiso expreso de la Secretaría de Estado.
La futura exposición dispone ya de un sitio en internet – www.luxinarcana.org -. La muestra usará herramientas multimedia  y tratará de revivir los documentos con narraciones sobre el trasfondo histórico y los personajes implicados. Era inevitable que la Santa Sede escogiera la propia Roma para la exposición, no sólo por motivos prácticos sino por el profundo vínculo del papado con la ciudad desde el Medioevo.
DIVISIÓN DEL "NUEVO MUNDO"
El pasado 12 de octubre, exactamente 519 años después de la llegada de Cristóbal Colón a tierras americanas, los responsables de la muestra y del Archivo Secreto Vaticano han revelado que entre el centenar de documentos de Lux in arcana figurará la bula Inter cetera de Alejandro VI –el valenciano Rodrigo de Borja– en la que, siguiendo criterios geográficos bastante inexactos, distribuyó entre España y Portugal los dominios en el Nuevo Mundo , con la expresa condición de que los habitantes de esos territorios fueran evangelizados.
La bula alejandrina, llamada también bula de partición, tiene una historia compleja.  Se realizó una primera versión, con fecha 3 de mayo de 1493, pero su contenido no satisfizo a los destinatarios porque no quedaba clara la división territorial. Podía interpretarse demasiado favorable a España en detrimento de Portugal, cuyo soberano, Juan II, reivindicaba también con fuerza sus derechos. Por eso, tras las consiguientes gestiones diplomáticas, se realizó una segunda versión, datada retroactivamente el 4 de mayo de 1493 –aunque su redactado real fue posterior–, en la que Alejandro VI, como árbitro aceptado por las dos partes, establecía el dominio español en todos los territorios descubiertos, hasta entonces y en el futuro, situados al oeste de un meridiano imaginario, a unas cien leguas de las islas Azores y de las islas de Cabo Verde.
Esta división geográfica resultó en la práctica incorrecta e inaplicable, pero al menos estableció un principio genérico de reparto. Un año después, en 1494, un acuerdo diplomático hispanoluso, el tratado de Tordesillas, corrigió las zonas de influencia y desplazó en 370 millas el meridiano fijado por el papa.
COPIA DE REGISTRO
La bula original enviada a los Reyes Católicos se conserva en el Archivo General de Indias. Pero el documento madre es el que se expondrá en los Museos Capitolinos, la llamada copia de registro, que se halla en el Registro Vaticano 777 del Archivo Secreto Vaticano. Según explicó a La Vanguardia Alessandra Gonzato, portavoz del archivo, "la copia de registro es en realidad la copia número uno, el texto fundamental, la única garantía de autenticidad".
En aquella época las bulas podían perderse por el camino, ser manipuladas, falsificadas o destruidas.
Esto último ocurrió, por cierto, con la que excomulgaba a Lutero. La copia de registro, guardada celosamente en el Vaticano, es la fuente infalible de los actos papales y, en el caso de la que dividió América, su existencia, en versión corregida de una anterior, explica también las vicisitudes de la negociación diplomática que requirió el asunto.
En la bula, Alejandro VI, un papa corrupto y despiadado con sus enemigos, loa a los Reyes Católicos por la recuperación del reino de Granada de los musulmanes y expresa su deseo de que "la fe católica y la religión cristiana sea exaltada sobre todo en nuestros tiempos, y por donde quiera se amplíe y dilate, y se procure la salvación de las almas, y las naciones bárbaras sean sometidas y reducidas a la fe cristiana". También incluye palabras de admiración hacia Cristóbal Colón, un "hombre apto y muy conveniente" para la empresa que realizó.

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